El Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente la tutela que buscaba limitar las operaciones aéreas de las Fuerzas Militares contra grupos armados ilegales cuando existiera información sobre la posible presencia de menores de edad reclutados. Con esta decisión, el alto tribunal dejó sin efecto la medida provisional que establecía restricciones adicionales para la planeación y ejecución de este tipo de acciones.
Según la información divulgada por el Gobierno, la decisión permite que las Fuerzas Militares continúen desarrollando sus operaciones dentro de los límites establecidos por la Constitución y la ley. El fallo revierte las condiciones adicionales que se habían fijado mediante la tutela, en un asunto que involucra tanto las facultades operacionales del Estado como la protección de niños, niñas y adolescentes que podrían estar bajo el control de organizaciones armadas ilegales.
La decisión vuelve a poner sobre la mesa uno de los asuntos más sensibles del conflicto armado colombiano: cómo adelantar operaciones militares sin desconocer las obligaciones de protección de la población menor de edad. Aunque la tutela fue declarada improcedente, esto no significa que desaparezcan los deberes legales de las autoridades frente a los menores ni que las operaciones queden por fuera de los controles constitucionales y legales. La actuación de la Fuerza Pública deberá seguir ajustándose a las normas vigentes.
