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Córdoba, Judicial

La Corte Suprema condena al senador John Moisés Besaile Fayad por falsedad en documento público

El alto tribunal le impuso una pena de 69 meses de prisión por hechos relacionados con un entramado de corrupción en la Gobernación de Córdoba durante la administración de Alejandro Lyons Muskus.

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia emitió una sentencia condenatoria contra el actual senador de la República, John Moisés Besaile Fayad. El congresista fue hallado responsable, en calidad de coautor, del delito de falsedad ideológica en documento público agravada.

La Corte le impuso una pena principal de 69 meses de prisión y una inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 86 meses y 7 días. Pese a la gravedad de los hechos, el tribunal le concedió el beneficio de prisión domiciliaria al considerar que cumple con los requisitos legales, como tener una pena mínima inferior a ocho años y demostrar arraigo familiar.

Los hechos por los que se juzgó a Besaile Fayad ocurrieron entre 2012 y 2014, cuando se desempeñaba como secretario del Interior y Participación Ciudadana de Córdoba. Según la sentencia, Besaile suscribió la Resolución No. 0334, la cual tenía alterada su fecha de expedición: aunque figuraba como si hubiera sido emitida el 20 de septiembre de 2012, en realidad fue proferida en febrero de 2014.

Esta maniobra tuvo como fin otorgar una antigüedad ficticia a la Corporación Centro de Investigación y Enseñanza Agroecológica (CENIAGROECOLOGICO). Con este documento espurio, la entidad pudo acreditar una trayectoria superior a la real para participar en procesos de subcontratación asociados a proyectos de ciencia y tecnología financiados con recursos del Sistema General de Regalías.

La investigación reveló que este acto administrativo no fue un error aislado, sino parte de un esquema para desviar recursos públicos hacia el pago de coimas exigidas por el entonces gobernador Alejandro Lyons y su socio, Musa Abraham Besaile Fayad, hermano del procesado.

Testimonios dentro del proceso señalaron que el reconocimiento de la personería jurídica con fecha retroactiva fue un «favor» solicitado por integrantes de la estructura criminal para habilitar a la corporación como vehículo de contratación.

Durante el juicio, la defensa de Besaile intentó argumentar que el senador actuó bajo el principio de confianza, alegando que el responsable de alterar la fecha mediante un sello mecánico fue un técnico operativo de la secretaría.

Sin embargo, la Corte desestimó esta tesis al demostrar que Besaile tuvo a su disposición el expediente y revisó los anexos. El tribunal subrayó que era imposible no notar las irregularidades, ya que la carpeta contenía comprobantes de pago de estampillas del año 2014 que pretendían soportar una resolución supuestamente emitida dos años antes.

«El procesado era consciente de que la resolución contenía manifestaciones contrarias a la verdad y, pese a ello, decidió refrendarla», concluyó la Sala.

Besaile Fayad deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y ofrecer disculpas por la afectación al buen nombre de la administración departamental de Córdoba como parte de su reparación.

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