El Juzgado 34 de Familia de Bogotá levantó este miércoles la medida cautelar que había suspendido los bombardeos de las Fuerzas Militares en zonas donde pudiera existir presencia de menores de edad. La decisión de fondo se conoce después de la controversia generada por operaciones realizadas en Guaviare y otras regiones, y fue notificada a la Presidencia, el Ministerio de Defensa y las Fuerzas Militares.
Aunque el fallo permite nuevamente las operaciones aéreas ofensivas contra grupos armados ilegales, establece una condición clave: cuando las autoridades tengan información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes, deberán aplicar un “estándar reforzado de precaución”. El despacho consideró que una prohibición absoluta de los bombardeos en estos escenarios podría afectar el deber constitucional del Estado de proteger a la población, pero al mismo tiempo ordenó extremar las medidas para reducir los riesgos contra los menores.
La decisión llega en medio de un intenso debate nacional sobre el uso de bombardeos contra estructuras armadas que reclutan menores. Mientras el Gobierno defiende estas operaciones como parte de su ofensiva contra los grupos ilegales, distintas decisiones judiciales han puesto el foco en la protección de niños y adolescentes. De hecho, este mismo miércoles otro juzgado, en Cúcuta, ordenó abstenerse de realizar bombardeos cuando se registre presencia de menores o población civil, lo que mantiene abierta la discusión sobre los límites de estas operaciones militares.
