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Wadith Manzur y la verdadera pregunta: ¿cuánto pagaría realmente?

Por estos días el nombre de Wadith Manzur vuelve a aparecer en el centro del debate público por su presunta vinculación con el escándalo de corrupción más grande del actual gobierno: el desfalco de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

La investigación gira alrededor del delito de cohecho impropio, una figura penal que, paradójicamente, muestra con claridad uno de los grandes problemas del sistema penal colombiano: la enorme distancia entre la gravedad política de los hechos y la sanción real que puede terminar pagando un funcionario.

Según el artículo 406 del Código Penal, el servidor público que acepte dinero o beneficios por actos propios de su función puede enfrentar entre 64 y 126 meses de prisión, además de multa e inhabilidad para ejercer cargos públicos.

En términos simples, eso equivale aproximadamente a entre 5 años y 10 años y medio de prisión.

Sin embargo, la realidad jurídica es otra.

La pena “real” que podría pagar

En el derecho penal colombiano las condenas rara vez se aplican en su máximo. Cuando una persona es condenada por primera vez y no tiene antecedentes, el juez suele moverse cerca del mínimo de la pena.

En el caso del cohecho impropio, eso podría significar una pena cercana a 64 meses (5 años y 4 meses).

Pero incluso esa cifra tampoco es la que realmente se cumple.

Con beneficios como:
• rebajas por aceptación de cargos,
• principio de oportunidad o preacuerdos,
• redención de pena por trabajo o estudio,

la condena efectiva puede reducirse significativamente.

Si un procesado acepta cargos, la pena puede reducirse hasta en un 50 % en la etapa inicial del proceso.

En ese escenario, la pena podría bajar aproximadamente a:

32 meses (2 años y 8 meses).

Y aquí aparece el punto más relevante.

Con una pena inferior a 4 años, el condenado podría acceder a prisión domiciliaria o incluso a otros beneficios de ejecución de la pena.

En otras palabras:
un escándalo de corrupción nacional podría terminar con menos de tres años de prisión domiciliaria.

La paradoja política

Este caso tiene además un ingrediente político que no pasa desapercibido.

Wadith Manzur no es un congresista cualquiera. Fue presidente de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, el órgano encargado precisamente de investigar a los más altos funcionarios del Estado.

Es decir, alguien que estuvo en una de las posiciones institucionales más sensibles para el control político del país.

Por eso la discusión no debería centrarse solo en la culpabilidad o inocencia del congresista —eso corresponde a los jueces—, sino también en algo más profundo: la debilidad del sistema sancionatorio frente a la corrupción política.

La decisión que marcaría el caso

Si Wadith Manzur considera que es inocente, el camino es claro: defenderse y demostrarlo ante la justicia.

Pero si la evidencia es contundente, la estrategia penal también es conocida: aceptar cargos y negociar una rebaja sustancial de la pena.

En cualquiera de los dos escenarios, el país termina enfrentando una verdad incómoda:

el delito por el cual se le investiga —cohecho impropio— tiene una punibilidad relativamente baja frente al impacto institucional que generan los escándalos de corrupción.

Y ahí está el verdadero debate.

No solo qué ocurrió en el caso de la UNGRD, sino si el ordenamiento penal colombiano sanciona con suficiente severidad a quienes utilizan el poder público para obtener beneficios indebidos.

Porque cuando el daño político es enorme pero la pena real puede terminar siendo mínima, el mensaje que recibe la sociedad es devastador:

que la corrupción, al final, sí paga

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