El alcalde de San Antero, envuelto en innumerables casos de corrupción, volvió a encender la polémica tras publicar un video donde niega haberse alejado del Pacto Histórico y asegura que “se mantiene firme” con ese movimiento y que votará por su lista al Congreso.
Esa declaración constituye participación indebida en política por parte de un funcionario público en ejercicio.
La Constitución (art. 127) prohíbe expresamente a los servidores públicos intervenir en actividades o debates de partidos políticos. La Ley 996 de 2005 refuerza esta prohibición y el Código Penal (art. 422) sanciona penalmente a quien, desde un cargo público, promueva movimientos o candidaturas.
El Código Disciplinario califica esta conducta como falta gravísima, pudiendo acarrear suspensión inmediata, destitución e inhabilidad.
Ante la evidencia del video, lo cual no deja ninguna duda de intervención en política, la Procuraduría General de la Nación, en cabeza del Dr. Gregorio Eljach, debe actuar de manera urgente e inmediata: abrir investigación y suspender provisionalmente al alcalde, quien utiliza su investidura para hacer proselitismo político, tal cual como pasó con el alcalde de Montelíbano, Gabriel Calle.
La ley es clara y el video también:
San Antero no merece un alcalde en campaña y las autoridades deben actuar con dureza
