Recientemente, en la ciudad de Montería se ha venido hablando de un fenómeno escolar conocido como “bullying”, considerado por muchos como un tema complejo que, de una u otra manera, genera un impacto negativo en la sociedad. Sin embargo, surge una pregunta importante: ¿sabemos realmente a qué llamamos bullying?
Para responder a este interrogante, es pertinente remontarse a 1973, cuando el psicólogo sueco Dan Olweus fue pionero en investigar las conductas negativas en entornos escolares. Según su definición, el bullying ocurre cuando un estudiante es acosado o victimizado, estando expuesto de manera repetida y a lo largo del tiempo a acciones negativas realizadas por uno o varios compañeros.
En este sentido, resulta fundamental diferenciar cuándo un estudiante está siendo víctima de bullying y cuándo se trata de conflictos puntuales que pueden surgir entre educandos, como discusiones o desacuerdos que, aunque impliquen agresión, no constituyen acoso escolar.
Para que una situación sea considerada bullying, es necesario identificar tres señales claves, la cual se las explico brevemente aquí, apreciado lector. En primer lugar, la intencionalidad del hecho, es decir, cuando existe una clara intención de hacer daño por parte de un estudiante hacia otro, y no se trata de un acto fortuito. En segundo lugar, la reiteración de la conducta violenta a lo largo del tiempo. Y finalmente, la existencia de una relación de poder desigual entre el agresor y la víctima, lo que dificulta que esta última pueda defenderse.
Ahora bien, ¿cuáles son las causas por las que se presenta el bullying? Desde una perspectiva personal, son diversos los factores que intervienen en este fenómeno. En primer lugar, se puede señalar la falta de empatía por parte del agresor frente al dolor que experimenta la víctima. Asimismo, los problemas familiares y sociales desde la infancia influyen significativamente, ya que pueden propiciar el desarrollo de conductas agresivas en la adolescencia, muchas veces manifestadas a través de la violencia. De igual manera, las condiciones socioeconómicas precarias en los hogares pueden incidir en la aparición de comportamientos inadecuados en el acosador escolar. En consecuencia, resulta pertinente cuestionarse: ¿qué tipo de ciudadanos estamos formando desde el hogar?
Dentro de los efectos que puede desencadenar el bullying, y que los padres de familia deben identificar con atención y precaución, se encuentran diversos indicadores relevantes. Entre ellos, se destacan la depresión y la ansiedad, el bajo rendimiento escolar, las dificultades para dormir o problemas respiratorios, así como sentimientos de culpa y el aislamiento social. Sin embargo, una de las señales de mayor alerta es la negativa constante del estudiante a asistir al colegio.
En este sentido, reconocer oportunamente estos síntomas resulta fundamental para prevenir, evitar o mitigar este flagelo en las instituciones educativas.
Como ciudadano, tengo claro que el hogar constituye la primera escuela en la formación de los niños y niñas; es allí donde, a través de los padres de familia, se comienza a cultivar el respeto por el prójimo y a fomentar valores éticos y morales que les permitan convertirse en sujetos comprometidos con la paz y una sana convivencia. De igual manera, como docente, reconozco que las instituciones educativas desempeñan un papel fundamental en el contexto escolar, ya que no solo se encargan de impartir conocimientos, contenidos y desarrollar competencias, sino que también tenemos la responsabilidad de formar a los estudiantes en buenas prácticas que fortalezcan la convivencia escolar.
Desde el ámbito normativo, en Colombia existe la Ley 1620 que establece el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, con el propósito de prevenir y erradicar el bullying, promover la formación en derechos humanos, fortalecer la educación para la sexualidad y prevenir la violencia en el contexto escolar. Asimismo, esta ley fija responsabilidades y lineamientos que deben ser cumplidos por todas las instituciones educativas, tanto públicas como privadas del país.
En el capítulo II de la Ley 1620, específicamente en su artículo 3, se establece la finalidad de su creación, al señalar la promoción, orientación y coordinación de estrategias, programas y actividades en el marco de la corresponsabilidad en la protección de los menores. Este propósito implica un trabajo articulado entre las instituciones educativas, la sociedad, la familia y, por supuesto, el Estado. Asimismo, la ley reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, y asigna a las instituciones educativas, en todos sus niveles de formación, la responsabilidad de garantizar su ejercicio, en concordancia con lo establecido en la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación 115 de 1994 y demás normas relacionadas con la convivencia y la prevención de la violencia escolar.
En concordancia con el marco legal, el artículo 4 de dicha ley hace énfasis en los objetivos claves y en el debido proceso que debe seguirse frente a situaciones de bullying. En primer lugar, se establece la Ruta de Atención Integral, la cual indica que toda institución educativa debe actuar a través de cuatro etapas: promoción, prevención, atención y seguimiento del caso, cada una con sus respectivos protocolos. Asimismo, se destaca la importancia del Comité de Convivencia Escolar, cuya existencia es obligatoria en todas las instituciones, ya que es el encargado de liderar las rutas y estrategias de prevención. Finalmente, la ley define las responsabilidades de los distintos actores de la comunidad educativa, señalando que directivos, docentes y padres de familia deben actuar de manera articulada, conocer la ruta y garantizar el debido proceso ante cualquier caso de matoneo.
En lo personal, considero que el matoneo ha existido desde tiempos antiguos; sin embargo, en la actualidad se ha visibilizado y reconocido como una problemática con nombre propio. Frente a esto, como sociedad y como adultos, estamos llamados a ser ejemplo de buenas prácticas y valores, convirtiéndonos en referentes positivos para los niños y niñas del país. Por otra parte, como docente, comprendo que los tiempos han cambiado, pero también reconozco la importancia de formar sujetos de paz, promoviendo en los estudiantes, ante todo, el valor del respeto. De este modo, es posible construir, de manera conjunta, espacios educativos seguros, en los que, en lugar de presentarse el acoso escolar, se fomente la armonía y la sana convivencia tanto dentro como fuera del aula.
Invito, de manera respetuosa, a que desde el hogar se promueva el uso de buenas prácticas, el fomento del respeto y el fortalecimiento de los valores en los niños y niñas, de modo que el bullying sea solo una idea lejana y no un flagelo en el contexto escolar. En este sentido, considero inapropiado responsabilizar únicamente al docente cuando se presentan situaciones de matoneo, pues es claro que la primera escuela de formación es la familia. Desde la labor docente, se asume un compromiso serio, respetuoso y responsable para reforzar estos valores y contribuir a la formación integral de los estudiantes.
