El Juzgado 38 de Familia de Bogotá emitió una decisión histórica de 20 páginas que aborda los derechos de las mujeres que alquilan su vientre para gestar. Según este fallo, se debe asegurar que el nombre de la madre gestante aparezca en el registro civil del menor nacido mediante un contrato de gestación subrogada.
El Tribunal de Familia 38 de Bogotá dictaminó que «la madre que da a luz es madre biológica», estableciendo así que la mujer que prestó su vientre tiene el derecho de que su nombre sea incluido en el registro civil del bebé. La jueza a cargo del caso subrayó la importancia de este reconocimiento para proteger los derechos de las madres gestantes.
Este fallo marca un avance significativo en la legislación colombiana sobre la gestación subrogada, asegurando que las mujeres que participan en este proceso sean reconocidas y respetadas.